RED ANTENA
En el año 2000 la Unión Europea aprobó la
Directiva 2000/43 CE, que en su art.13 estableció la obligación de cada Estado miembro de designar uno o más organismos responsables de la promoción de la igualdad de trato entre todas las personas por motivo de su origen racial o étnico.
En España, esta Directiva se traspuso al ordenamiento jurídico en el 2003 a través de la
Ley 62/2003 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales daministrativas y del Orden Social en la que se prevé la creación de un
Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y No Discriminación de las Personas por su origen racial o étnico.
Este Consejo ha creado una
Red de Centros de Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico compuesta por distintas organizaciones: Cruz Roja, Fundación CEPAIM, Red Acoge, Movimiento contra la Intolerancia, Unión Romaní, etc. La
Fundación Hogar de la Esperanza como Entidad adscrita a la Unión Romaní, está llevando a cabo distintas actuaciones para la consecución de los objetivos fijados por el
Programa Red Antena.
En nuestra Sede, la atención de un caso de discriminación supone las siguientes actuaciones:
1.- Atención a la víctima y servicio de información.
2.- Tramitar los casos denunciados: recabar toda la información disponible sobre el caso e investigar el mismo para determinar si hay indicios o no de discriminación por origen racial y étnico.
3.- En los casos en los que se detecta que no se ha producido una discriminación, se hará una labor de sensibilización con la víctima.
4.- En el caso que se detecta que se ha producido una discriminación, se elaborará una estrategia de actuación para asesorar a la víctima sobre cuales son las opciones que tiene para hacer frente a esa discriminación.
5.- Cerrar el caso precisando cuales son los aprendizajes y recomendaciones para futuras ocasiones.